Artículo 117. Convocatoria.
Artículo 117 del Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado. · BOE-A-1980-18703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-09-19.
Texto consolidado
Las sesiones serán convocadas por el Consejero Presidente de la Sección, cursando la citación, en su nombre el Mayor de la misma.