Artículo 117. Duración de los procedimientos.
Artículo 117 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.
Texto consolidado
1. Los plazos máximos para dictar y notificar la resolución expresa en los procedimientos de competencia de la Administración Pública Foral serán los que fije la norma reguladora del procedimiento correspondiente. Este plazo no podrá exceder de seis meses, salvo que una ley o ley foral establezca uno más amplio o así se prevea en el Derecho de la Unión Europea.
2. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa, éste será de tres meses.