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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 117. Personal voluntario.

Artículo 117 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón. · BOA-d-2017-90392

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-01.

Texto consolidado

La Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales podrán promover un voluntariado que colabore en tareas de vigilancia y de sensibilización sobre la preservación de los montes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-01.

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