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Real Decreto Vigente

Artículo 116. Cuantía de la prestación.

Artículo 116 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial. · BOE-A-2011-13384

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-05.

Texto consolidado

1. La cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiple se determinará mediante la aplicación de la tabla siguiente:

N.º de hijos

causantes

N.º de veces

del importe mensual

de salario mínimo

interprofesional

2

4

3

8

4 y más

12

2. El importe del salario mínimo interprofesional será el vigente en la fecha del hecho causante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-05.

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