Artículo 116. Prescripción de las sanciones.
Artículo 116 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. · BOE-A-2015-186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-11.
Texto consolidado
Las sanciones impuestas por la comisión de infracciones muy graves prescribirán a los tres años; por la comisión de infracciones graves, a los dos años, y por la comisión de las infracciones leves, al año, a contar desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.