Artículo 116. Aptitud física para la participación en los Juegos Deportivos.
Artículo 116 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
La consejería competente en materia deportiva, a través del Plan Riojano de Asistencia Médica en el Deporte, determinará los requisitos médicos necesarios para cada tramo de edad.