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Ley Vigente

Artículo 115. Programa REDAREX Plus.

Artículo 115 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

Texto consolidado

1. El programa especial «REDAREX Plus» estará basado en los datos suministrados por la red de estaciones agroclimáticas instaladas por el Ministerio y por la Consejería competentes en materia de Agricultura.

2. Existirá un Centro de Gestión del Riego adscrito a la Dirección General competente en materia de regadíos cuya misión será, además de la gestión de la red de estaciones agrometeorológicas, la puesta a disposición de los agricultores y Comunidades de Regantes de los datos necesarios para llevar a efecto la programación de riegos.

3. De igual modo existirá un equipo de técnicos con la misión de llevar a cabo labores de investigación, puesta a punto y validación de métodos, con objeto de mantener al día y mejorar la Red de Asesoramiento a usuarios del riego y, en general, cualesquiera interesados en estudios o datos de variables climáticas, entre otros, horas frío, régimen de heladas, radiación y pluviometría.

4. La Consejería competente en materia de Agricultura podrá establecer líneas de ayuda para que las Comunidades de Regantes adquieran los equipos informáticos necesarios para acceder a la información facilitada por REDAREX u otros servicios para la automatización o facilitar la gestión del riego.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

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