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Real Decreto Vigente

Artículo 114. Competencia para la instrucción de los procedimientos sancionadores.

Artículo 114 del Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-2025-20206

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.

Texto consolidado

Serán competentes para acordar el inicio y para la instrucción de los procedimientos sancionadores los Servicios Periféricos de la Dirección General de Carreteras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-10-30.

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