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Ley Vigente

Artículo 114. Resolución del procedimiento.

Artículo 114 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

1. Una vez recibido el dictamen de la comisión de declaración de riesgo, el órgano competente, con la audiencia previa de los padres y madres o personas que ejerzan la tutela o la guarda del niño, niña o adolescente afectado si tiene la madurez suficiente y, en todo caso, si tiene más de doce años, emitirá una resolución motivada para declarar la situación de riesgo o bien desestimarla, caso en que se ordenará el archivo del expediente.

2. La resolución se tiene que pronunciar, como mínimo, sobre:

a) La decisión de declarar o no la situación de riesgo.

b) Las causas que han dado lugar a la intervención de la administración.

c) El proyecto de intervención social y educativo familiar, que tiene que contener las medidas tendentes a corregir la situación de riesgo del niño, niña o adolescente, incluidas las referentes al deber de respeto a los padres y madres y personas que ejerzan su tutela, guarda o acogida, los plazos de revisión, el plazo de las medidas adoptadas y los demás aspectos que se puedan establecer reglamentariamente. El proyecto de intervención social y educativo familiar tendrá una duración máxima de doce meses. No obstante, el órgano que haya dictado la declaración de riesgo, a propuesta de la comisión de declaración de riesgo, puede prorrogar el proyecto por seis meses más, si se considera oportuno para conseguir los objetivos.

3. La resolución que ponga fin al procedimiento de declaración de situación de riesgo será ejecutiva desde la fecha en que se dicte.

4. Ante la resolución que declare la situación de riesgo, se puede ejercer oposición de acuerdo con el artículo 780 de la Ley de enjuiciamiento civil, sin perjuicio de que se pueda llevar a cabo una mediación entre el profesional asignado al caso y la familia del niño, niña o adolescente de acuerdo con esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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