Artículo 112. Responsables.
Artículo 112 del Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-2025-20206
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 41.5.c) de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, se entenderá que la persona que ejecuta la actividad infractora será la persona física o jurídica que la promueva.