Artículo 112. Resolución.
Artículo 112 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.
Texto consolidado
1. El acuerdo de resolución no podrá establecer hechos diferentes de los que sirvieron de base en el pliego de cargos y en la propuesta de resolución, ni podrá considerar circunstancias diferentes que puedan comportar una agravación de la conducta o de la sanción a imponer, sin perjuicio de la diferente valoración jurídica.
2. La resolución determinará los plazos para hacer efectivas las sanciones pecuniarias que se imponen y para el cumplimiento del resto de mandamientos que contiene.