Artículo 111. Competencias.
Artículo 111 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia. · BOE-A-2012-11415
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-13.
Texto consolidado
Los órganos competentes para la imposición de sanciones serán las personas que ejerzan las jefaturas territoriales o el órgano equivalente en sus funciones de la consejería competente en materia de vivienda.