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Ley Vigente

Artículo 110.

Artículo 110 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

El Consorcio de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Barcelona, en el ámbito de las respectivas competencias, ejercen la potestad sancionadora en lo que se refiere a las infracciones administrativas legalmente establecidas en relación con los servicios sociales que se prestan en el municipio de Barcelona, salvo las infracciones calificadas de muy graves. En lo que se refiere a estas últimas infracciones, el Consorcio y el Ayuntamiento son competentes para tramitar el procedimiento sancionador y elevar a la Administración de la Generalidad las correspondientes propuestas de sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

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