Artículo 11. Requisitos.
Artículo 11 del Real Decreto 972/2020, de 10 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de selección para la propuesta de candidaturas por el Reino de España en la designación de miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. · BOE-A-2020-13971
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-12.
Texto consolidado
Las personas que presenten su candidatura deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 21 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y acreditar un elevado conocimiento de uno de los dos idiomas oficiales del Tribunal, inglés y francés, y al menos suficiente conocimiento pasivo del otro.
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