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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Recursos.

Artículo 11 del Real Decreto 963/2013, de 5 de diciembre, por el que se fijan las tripulaciones mínimas de seguridad de los buques de pesca y auxiliares de pesca y se regula el procedimiento para su asignación. · BOE-A-2013-13808

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-30.

Texto consolidado

Contra las resoluciones del capitán marítimo o del Director General de la Marina Mercante podrán interponerse recurso de alzada, respectivamente ante el Director General de la Marina Mercante o ante el Secretario General de Transporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, en los términos previstos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La resolución del correspondiente recurso de alzada pondrá fin a la vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-30.

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