Artículo 11. Funciones de los Abogados del Estado Secretarios de los Tribunales Económico-Administrativos.
Artículo 11 del Real Decreto 649/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía General del Estado. · BOE-A-2023-16720
Atención: Real Decreto 649/2023 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponden a los Abogados y Abogadas del Estado integrados en la Abogacía General del Estado las funciones atribuidas a los Secretarios de los Tribunales Económico-Administrativos del Estado de conformidad con el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
Más artículos de Real Decreto 649/2023
- ← Artículo 10. Bastanteos.
- → Artículo 12. Ámbito de la representación y defensa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 649/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el ámbito de la Abogacía General del Estado.