Artículo 11. Identificación de los sistemas de confinamiento.
Artículo 11 del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia. · BOE-A-2013-1337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-09.
Texto consolidado
Los sistemas de confinamiento de los animales deberán estar provistos de un sistema que permita consignar los datos de identificación de los animales allí alojados. A menos que no sea posible por las circunstancias o las características de los animales allí confinados, se especificarán como mínimo los datos que se relacionan en el anexo V.
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