Artículo 11. Ministerio de la Presidencia.
Artículo 11 del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-7184
Atención: Real Decreto 495/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Ministerio de la Presidencia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Relaciones con las Cortes.
2.º La Dirección General de Coordinación Jurídica.
b) La Secretaría de Estado de Comunicación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Coordinación Informativa.
2.º La Dirección General de Información Nacional.
3.º La Dirección General de Información Internacional.
c) La Secretaría de Estado para la Función Pública, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de la Función Pública.
2.º La Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica.
3.º La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.
d) La Subsecretaría de la Presidencia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura.
3.º La Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.
2. Queda suprimida la Dirección General del Secretariado del Gobierno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-14308.