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Real Decreto Derogada

Artículo 11. Tipología de las masas de agua artificiales.

Artículo 11 del Real Decreto 478/2013, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Duero. · BOE-A-2013-6761

Atención: Real Decreto 478/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Al objeto de poder valorar su potencial ecológico, las masas de agua artificiales se asignan a una determinada tipología de acuerdo a su naturaleza lótica o léntica, según está documentado en el sistema de información Mírame. Se utilizan como referencia para la asignación las mismas tipologías que las definidas para los ríos naturales lóticos y muy modificados lénticos citadas anteriormente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-23.

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