El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 11. Instalaciones cuyas emisiones puedan afectar a otro Estado miembro.

Artículo 11 del Real Decreto 430/2004, de 12 de marzo, por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, y se fijan ciertas condiciones para el control de las emisiones a la atmósfera de las refinerías de petróleo. · BOE-A-2004-5117

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-21.

Texto consolidado

En caso de que se construyan instalaciones de combustión cuyas emisiones puedan afectar de forma importante al medio ambiente de otro Estado miembro, el Gobierno proporcionará toda la información adecuada y auspiciará todas las consultas necesarias, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-21.

Más artículos de Real Decreto 430/2004

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 430/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.