Artículo 11. Formación del personal.
Artículo 11 del Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. · BOE-A-2001-8971
Atención: Real Decreto 379/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El personal del almacenamiento, o cualquier otro relacionado con éste, recibirá de manera planificada instrucciones específicas del titular del almacenamiento sobre:
a) Propiedades y características del nitrato amónico de alto contenido en nitrógeno.
b) Función y uso correcto de los elementos e instalaciones de seguridad y del equipo de protección personal.
c) Consecuencias de un incorrecto funcionamiento o uso de los elementos e instalaciones de seguridad y del equipo de protección personal.
d) Peligros que pueden derivarse de un incendio o descomposición de producto.
Se deberá dejar constancia escrita de que el personal ha sido debidamente informado y entrenado de cuanto anteriormente se indica.#a11.
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