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Real Decreto Derogada

Artículo 11. Coordinación y cooperación transfronteriza con Portugal.

Artículo 11 del Real Decreto 285/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. · BOE-A-2013-4209

Atención: Real Decreto 285/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La cooperación entre España y Portugal en la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil utilizará las estructuras existentes derivadas del Convenio de Albufeira. En la Demarcación Hidrográfica internacional del Miño-Sil, la cooperación respecto a las aguas costeras y de transición se articulará de acuerdo con lo que se convenga entre las dos partes.

Se establecerán las comisiones bilaterales oportunas entre los Organismos de cuenca de ambas partes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-21.

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