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Real Decreto Derogada

Artículo 11. Garantía de la seguridad aérea.

Artículo 11 del Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero, por el que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles. · BOE-A-2000-4916

Atención: Real Decreto 270/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Dirección General de Aviación Civil podrá limitar las atribuciones que confiera, suspender cautelarmente y, en su caso, revocar, previa audiencia al interesado, cualquier licencia, habilitación, autorización, aprobación o certificado mediante resolución motivada, fundada en razones de seguridad aérea debidamente acreditadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-03-16.

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