Artículo 11. Introducción de datos de animales no inscritos en libro genealógico.
Artículo 11 del Real Decreto 21/2013, de 18 de enero, por el que se establece el programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino. · BOE-A-2013-1275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-08.
Texto consolidado
Todo animal cuyos datos se introduzcan en el sistema ARIES y que no esté inscrito en el libro genealógico de su raza, gestionado por una asociación de criadores oficialmente reconocida, será inscrito como «conjunto mestizo».
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