El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 11. Validez de la inscripción.

Artículo 11 del Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros. · BOE-A-2009-1111

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Texto consolidado

La inscripción y habilitación correspondiente de los centros tecnológicos de ámbito estatal y de los centros de apoyo a la innovación de ámbito estatal tendrá validez indefinida, sin perjuicio de que, por incumplimiento de sus obligaciones, por irregularidades constatadas durante el seguimiento o por modificación de las condiciones iniciales que sirvieron de base a su inscripción en el registro, pueda ser cancelada conforme al procedimiento establecido en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Más artículos de Real Decreto 2093/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2093/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.