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Real Decreto Derogada

Artículo 11. Adecuación al caladero.

Artículo 11 del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. · BOE-A-2009-16144

Atención: Real Decreto 1549/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Además de las condiciones establecidas en este real decreto, para autorizar la construcción, la importación y el alta en la lista tercera, o la inclusión en la lista tercera de buques pesqueros destinados a ser incluidos en un determinado caladero, censo y modalidad de pesca se requerirá el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa específica de dicho caladero, censo y modalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-11.

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