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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Contenido de la declaración de actividades.

Artículo 11 del Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan los títulos Preliminar, II y III de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. · BOE-A-2018-13186

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-30.

Texto consolidado

1. Los altos cargos presentarán la declaración de actividades previstas en el artículo 16 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, de conformidad con el modelo aprobado al efecto, en el plazo improrrogable de tres meses desde la fecha de toma de posesión del cargo y del cese, respectivamente, así como cada vez que el alto cargo inicie una nueva actividad económica durante el periodo de dos años desde su cese.

2. En dicha declaración se manifestará si se recibe cualquier otra remuneración o percepción con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas u organismos o entidades vinculadas o dependientes de las mismas, así como cualquier otra remuneración o percepción que directa o indirectamente provenga de una actividad privada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-30.

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