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Orden Vigente

Artículo 11. Funciones del empleo de cabo mayor.

Artículo 11 de la Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3082

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-07.

Texto consolidado

1. Sin perjuicio de las funciones legalmente previstas para los miembros de la escala de cabos y guardias, el cabo mayor ejercerá el apoyo y asesoramiento al mando a través de las facultades y cometidos a los que se refiere el artículo 12.

2. Estas funciones las desarrollará, fundamentalmente, mediante acciones de gestión y ejecutivas, así como en el desempeño de los trabajos y cometidos en aplicación de procedimientos establecidos o que se le encomienden por órdenes concretas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-07.

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