Artículo 11. Programa de estudios.
Artículo 11 de la Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil. · BOE-A-2021-9633
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-11.
Texto consolidado
Anualmente, el Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil aprobará el programa de estudios que desarrolle el plan de estudios de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales, debiendo incluir el calendario de actividades.
Más artículos de Orden PCM/577/2021
- ← Artículo 10. Distribución de la carga lectiva.
- → Artículo 12. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia.
- Ver la norma completa: Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.