Artículo 11.
Artículo 11 de la Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España. · BOE-A-1995-22239
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-10-12.
Texto consolidado
El Director titular de la orquesta es el máximo responsable de la misma desde el punto de vista musical. Tendrá las siguientes funciones:
Elaborar y proponer al Consejo de Dirección el contenido de la programación de actividades musicales.
Proponer la contratación de Directores invitados y solistas.
Presidir el tribunal de selección de las pruebas de ingreso para cubrir las plazas de la Orquesta Nacional.
Presidir las comisiones de valoración destinadas a juzgar las pruebas internas para la provisión de puestos de alta responsabilidad artística (concertinos, solistas y ayudas de solista).
Dar conformidad a las propuestas sobre la rotación de los Profesores y designación, de los que deben ocupar provisionalmente los puestos de mayor responsabilidad artística, en caso de que existiera alguna vacante, informando al Director técnico de la ONE.