Artículo 11.
Artículo 11 de la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los Organos Consultivos de la Región de Murcia. · BOE-A-1986-7101
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-05-20.
Texto consolidado
El funcionamiento de los consejos y comités asesores regionales se regirá, en todo lo no establecido por esta Ley, por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1994-22252.