Artículo 11. Definición del modelo cloud en el sector público autonómico.
Artículo 11 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
La definición del modelo cloud corresponderá a la entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos, que, a estos efectos, será la competente para llevar a cabo las siguientes funciones:
a) Realizar los procesos necesarios para la calificación de soluciones y servicios en la nube para el sector público autonómico y otorgar la calificación Solución Cloud Certificada de Aragón (SCCA) regulada en el capítulo III.
b) Proporcionar al sector público autonómico un punto de conexión con los diferentes proveedores cloud para facilitar el desarrollo de servicios y soluciones.
c) Establecer acuerdos de nivel de servicio estandarizados de aplicación a los distintos proveedores cloud, que garanticen la calidad, la seguridad, la confidencialidad, la resiliencia y la sostenibilidad.
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