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Ley Vigente

Artículo 11. Políticas activas en materia de empleo.

Artículo 11 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón. · BOE-A-2023-496

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo, impulsará medidas de fomento por medio de ayudas y subvenciones para promover la creación del empleo de calidad en el ámbito de la economía social como sector generador de empresas e iniciativas económicas sostenibles que contribuyen a la creación de empleos estables y de calidad.

2. A tales efectos, adoptará medidas de acción positiva destinadas a impulsar el acceso al empleo de calidad en el tejido productivo de la economía social de colectivos con dificultades para su incorporación al mercado de trabajo, como las personas jóvenes, las personas desempleadas de larga duración, las personas mayores de 45 años, las personas víctimas de violencia de género, las personas con discapacidad, o en situación o riesgo de exclusión social. Estas medidas tendrán en cuenta la situación específica de las mujeres.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

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