Artículo 10. Políticas activas en materia educativa.
Artículo 10 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón. · BOE-A-2023-496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.
Texto consolidado
1. El departamento competente en materia de economía social, en coordinación con los departamentos competentes en materia de educación, universidades y formación profesional, desarrollará y reforzará las políticas de apoyo a la economía social en el ámbito educativo, incluido el universitario, con las medidas específicas que aquellos aprueben.
2. Los departamentos competentes en materia de educación, universidades y formación profesional impulsarán el fomento de la economía social en los centros educativos con la finalidad de sensibilizar sobre este modelo participativo atrayendo talento a la economía social.