Artículo 11. Justificación y control.
Artículo 11 de la Ley 7/2015, de 2 de abril, de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos o instituciones, las organizaciones sindicales y empresariales receptoras de las compensaciones económicas o beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente capítulo estarán sometidas al control económico y financiero de sus actividades, por parte de la Intervención General de la Generalitat y de la Sindicatura de Comptes, para lo cual habrán de prestar la colaboración necesaria y aportar toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las referidas actividades.
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