Artículo 11. Juventud y Medio Ambiente.
Artículo 11 de la Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja. · BOE-A-2005-12879
Atención: Ley 7/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las actuaciones en medio ambiente que se dirijan a las personas jóvenes desde la Administración riojana se centrarán en su sensibilización, capacitación y formación para lograr un uso sostenible de los recursos naturales, el mantenimiento y mejora de la calidad de vida, facilitando su participación en la mejora y consecución del medio ambiente, elevando el grado de compromiso de la población joven riojana en la consecución de los objetivos de la política medioambiental.