Artículo 11. La Comisión Delegada Ejecutiva.
Artículo 11 de la Ley 7/1996, de 3 de diciembre, de Creación del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León. · BOE-A-1997-1342
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-10.
Texto consolidado
La Comisión Delegada Ejecutiva es el órgano de decisión para el funcionamiento ordinario del Ente y asumirá las competencias que le delegue el Consejo de Administración.
Reglamentariamente se determinará su composición y el régimen de su funcionamiento.