El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 11.

Artículo 11 de la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón. · BOE-A-1986-33385

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-29.

Texto consolidado

Cuando en un centro de los que integran el sistema de museos de Aragón se produjera un considerable aumento cuantitativo de sus fondos con motivo de legados, donaciones depósitos o adquisiciones, se promoverá, de oficio o a petición del responsable del mismo, un expediente de adecuación, en cuya resolución se evaluarán las capacidades de todo orden del museo para asumir las nuevas responsabilidades.

En caso de que la resolución de dicho expediente fuese negativa, los órganos competentes proveerán los medios materiales y técnicos que permitan la exposición pública de los fondos legados, donados, depositados o adquiridos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-29.

Más artículos de Ley 7/1986

En El Vínculo puedes leer Ley 7/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.