Artículo 11.
Artículo 11 de la Ley 7/1985, de 26 de noviembre, de Iniciativa Legislativa Popular de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-1986-7305
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-12-23.
Texto consolidado
Los pliegos que contengan las firmas recogidas deberán acompañarse de certificación acreditativa que podrá ser colectiva, por pliegos, de la inscripción de los firmantes en el censo electoral como mayores de edad y se remitirán a las Juntas Electorales Provinciales para su aprobación y recuento.