Artículo 11. Convenios.
Artículo 11 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2008-16664
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
Cuando así esté previsto en las bases reguladoras o en las normas específicas de las subvenciones, o cuando lo determine el órgano concedente en las subvenciones nominativas y en las concedidas directamente por razones que dificulten su convocatoria pública, la concesión de las subvenciones podrá instrumentarse en un convenio en el que se establezcan las condiciones y compromisos que sean de aplicación conforme a lo previsto en esta ley.