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Ley Vigente

Artículo 11. Sensibilización social en materia demográfica.

Artículo 11 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

Texto consolidado

1. Corresponderá a las administraciones públicas de Extremadura la sensibilización de la sociedad sobre el cambio demográfico y sus implicaciones, así como sobre los beneficios de atraer nueva población al territorio de la Comunidad Autónoma, a fin de generar una conciencia social a este respecto.

2. Asimismo, la Junta de Extremadura garantizará el acceso de la población a datos actualizados en materia de población y demografía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

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