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Ley Vigente

Artículo 11. Personal de la agencia.

Artículo 11 de la Ley 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco. · BOE-A-2012-9663

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-05.

Texto consolidado

1. La agencia es responsable de la contratación, la gestión y la formación de su personal de manera autónoma.

2. El personal de la agencia está formado por:

a) Personal propio, contratado en régimen de Derecho laboral respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad.

b) Personal de la Administración pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de las universidades públicas españolas que le sea adscrito.

3. La agencia garantizará el uso de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en las relaciones con el exterior. Se garantizará el derecho a ser atendido en euskera y castellano a las personas físicas o jurídicas, tanto por escrito como en la comunicación oral, en sus relaciones con la agencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-05.

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