Artículo 11. Contenido.
Artículo 11 de la Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears. · BOE-A-2005-12950
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-27.
Texto consolidado
El Plan general de puertos contendrá las siguientes determinaciones en cada una de sus secciones:
Categoría 1. Número de puertos y localización de estos.
Categoría 2. Categoría de cada puerto y especificaciones sobre los usos y tráfico de estos.
Categoría 3. Tamaño previsto: extensión de sus láminas de agua, número y tipos de amarres, varaderos y marinas secas asociadas así como capacidad de estas.
Categoría 4. Datos relativos a las edificaciones y su tipología. Extensión de las zonas de servicio en tierra.
Categoría 5. Previsión de enlaces con la red de carreteras.
Categoría 6. Número y tipo de instalaciones marítimas y superficie de estas.
Categoría 7. Número de dársenas y superficie de estas.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-8819.