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Ley Vigente

Artículo 11. Colaboración y cooperación entre administraciones públicas.

Artículo 11 de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia. · BOE-A-2021-4519

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-14.

Texto consolidado

1. En el ejercicio de la competencia en materia de ordenación del territorio, las relaciones de la Administración autonómica con las restantes administraciones públicas con competencias sobre el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia se regirán por los principios de colaboración y cooperación, con arreglo a lo previsto en la normativa estatal de aplicación y, con respecto a esta, en la presente ley.

2. Asimismo, dentro del necesario respeto a la normativa sectorial de aplicación, en la aprobación de instrumentos, planes y proyectos por otras administraciones públicas que tengan incidencia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia se procurará el empleo de fórmulas de colaboración y cooperación para la articulación de las correspondientes competencias sectoriales con las competencias autonómicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-14.

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