Artículo 11. Base de datos de menores de 18 años.
Artículo 11 del Decreto-ley 2/2022, de 4 de mayo, por el que se regula la actuación de la Junta de Extremadura y se establecen medidas urgentes en respuesta a los desplazamientos de personas por razones humanitarias a causa de la guerra en Ucrania, medidas urgentes de contratación pública y medidas fiscales. · BOE-A-2022-10518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-17.
Texto consolidado
A efectos de información interna la Junta de Extremadura llevará una base de datos única de menores de 18 años con residencia en Extremadura, con indicación de todos los datos de carácter personal y familiar que se hubieren podido recabar, en especial de los datos relativos a su identidad y a su familia biológica cuando se trate de menores de 18 años que hubieren llegado a nuestra Comunidad Autónoma sin la compañía de quienes ejercen su patria potestad o tutela. La llevanza de la mencionada base de datos corresponderá a la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales, infancia y familias.
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