Artículo 109. Compatibilidad con otras medidas.
Artículo 109 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. · BOE-A-2014-7536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-29.
Texto consolidado
1. La adopción de medidas correctoras y cautelares es compatible con la apertura de expedientes sancionadores dirigidos a la revocación de las licencias. Estas medidas se podrán mantener mientras no se haya dictado resolución firme.
2. No podrán levantarse las medidas correctoras y cautelares mientras los servicios técnicos o administrativos municipales no hayan comprobado la desaparición de las causas que las motivaron.