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Ley Vigente

Artículo 108. Liberación de fauna silvestre en el medio natural.

Artículo 108 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. · BOE-A-2015-4103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

Texto consolidado

La traslocación de ejemplares de la fauna silvestre o la liberación en el medio natural de los procedentes de cría en cautividad, requerirá autorización de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

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