Artículo 108. Plan director sectorial de instalaciones deportivas.
Artículo 108 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno de las Illes Balears, a propuesta de la consejería correspondiente, aprobará el Plan director sectorial de instalaciones deportivas de las Illes Balears como instrumento de planificación y ordenación, para atender las necesidades de la población en materia de instalaciones deportivas, según la ley vigente.