Artículo 107. Comisión Andaluza Antidopaje.
Artículo 107 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía. · BOE-A-2016-7566
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-22.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión Andaluza Antidopaje, órgano colegiado adscrito a la Consejería competente en materia de deporte, a través de la cual se realizan las políticas autonómicas de lucha contra el dopaje en el deporte. Está integrada por representantes de la referenciada Consejería y personas de reconocido prestigio en el ámbito deportivo.
2. La composición, nombramiento y régimen de funcionamiento de la Comisión Andaluza Antidopaje se determinará respetando las reglas de paridad establecidas en la legislación vigente.