Artículo 104. Concurrencia de sanciones.
Artículo 104 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra. · BOE-A-2006-844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-29.
Texto consolidado
1. Las sanciones que se impongan a los distintos responsables por una misma infracción tendrán entre sí carácter independiente.
2. A los responsables de dos o más infracciones se les impondrán las sanciones correspondientes a cada una de las diversas infracciones cometidas.